Lenguaje de la normatividad y trazabilidad histórica

Hacia una historia y semántica de la normatividad

Si los historiadores se plantean un estudio de las prácticas lingüísticas como manera de analizar una sociedad (Guerreau 1989; Carrasco Manchado 2015), los filólogos profundizan en la semántica de la historia, configurada también por los procesos, sistemas y comprensión de la normatividad. Si el conocimiento de la normatividad puede describirse “como el conjunto total de proposiciones que los miembros de una comunidad epistémica aceptan explícitamente o de facto o que postula un número suficiente de textos” (Duve 2022: 3), tampoco ninguna regla puede carecer de significado ni ninguna formulación verbal que pretenda ser una regla puede estar completamente desprovista de contexto semántico (Legrand 1997: 114). Por lo tanto, para la comprensión de los saberes y prácticas normativos de los períodos medieval y renacentista son esenciales tanto la metodología histórica como la filológica para captar los conceptos que ellos manejaban, seguir sus distinciones, apreciar sus creencias y, en la medida de lo posible, “ver las cosas a su manera” (Skinner 2002: 3).

Logotipo del proyecto “Politia. Hacia un vocabulario moral y político en vernáculo” (https://politia.es/).

Traducciones y Tradiciones Discursivas

Traducción y Tradiciones Discursivas son dos perspectivas de análisis que permiten profundizar en las redes semánticas que sostienen, configuran y transmiten los conocimientos y prácticas normativas. Por un lado, la traducción es un acto creativo, un proceso de significación y una negociación entre dos mundos (Benjamin, Bhabba, Chakrabarty, apud. Foljanty 2015), que, configurados por las lenguas de partida y de llegada respectivamente, funcionan no solo como puente, sino como catalizador de nuevas comprensiones y producciones culturales. El período bajomedieval y renacentista supone un momento fundamental en la reelaboración del vocabulario político heredado de las obras clásicas y patrísticas anteriores y en ese período se produce un considerable aumento de traducciones latinas y vernáculas, a la vez que son años donde se detectan fases de cristalización de procesos anteriores. Todo ello permite visibilizar las distintas etapas de recepción, comprensión, adaptación y creación de normatividades expresadas y transmitidas también textualmente.


Y es que la traducción activa unos mecanismos de comprensión, recepción, producción y transmisión de significados que resulta especialmente eficaz para analizar la producción y difusión de los saberes normativos. Los traductores leen las obras del pasado con sus ojos contemporáneos. Al traducirlos a su presente, no solo están trasladando un mensaje, sino que necesariamente lo están transformando a las estructuras de pensamiento de sus propios contextos. Por eso, las traducciones son también sistemas de producción de significado (Langer 2004). Es decir, las decisiones de los traductores responden y constituyen nuevas, distintas o renovadas formas de expresión y comprensión de normatividades, en la medida en que son prueba de cómo están entendiendo, adaptando o creando unos saberes que pretenden justificar o provocar determinadas prácticas sociales en contextos específicos de su presente.


En segundo lugar, las tradiciones discursivas resultan especialmente eficaces, pues entienden la traducción como un proceso que no solo traducen palabras, sino textos (Kabatek 2006: 474). La teoría de las tradiciones discursivas entiende el “lenguaje como un producto cultural” (Kabatek 2013: 17) y se posiciona por eso contra una perspectiva monolítica de la historia, ya que se pueden establecer historicidades en las tradiciones discursivas, delimitables en el eje temporal, lo que subraya que en cada momento de la historia se dan variedades de textos (Kabatek 2005: 30). Oesterreicher define las tradiciones discursivas como “moldes normativos convencionalizados que guían la transmisión de un sentido mediante elementos lingüísticos tanto en su producción como en su recepción”, lo que confirma que distintos tipos de discursos también influyan en la selección de un significado u otro (Pons 2008: 221): no significan lo mismo las prácticas del silencio (taciturnitas) en un entorno conventual, donde la virtud de guardar silencio se entiende como síntoma de la sabiduría, que en un contexto cortesano, donde la taciturnitas es un vicio opuesto a la locuacidad y contrario al término medio de una conversación elegante, moderada e inteligente. Al fin y al cabo, las tradiciones discursivas guardan una estrecha relación con las evoluciones de la lengua, en la medida en que la cultura funciona como elemento extralingüístico y la lengua como elemento lingüístico en ese proceso de creación y difusión de los significados y de sentidos normativos localizables en los textos: esto es, permiten analizar la cultura sedimentada en las manifestaciones lingüísticas y literarias.

Estudios del discurso como análisis del discurso y teoría del discurso (Angermuller 2015: 513).

Terminología y conceptos: lenguaje de la normatividad y trazabilidad histórica

Ni la actividad política ni la conducta social pueden desarrollarse sin un conjunto compartido de conceptos (Burke 2012 y Richter 2023) y el concepto supone una comprensión (o comprehensión) intelectual de una cosa o de una idea, que tiene su manifestación cognitiva y material en la lengua. En esta tarea de analizar los procesos normativos se enmarca el estudio del vocabulario que describe, refleja, nombra y representa los conceptos morales y políticos. Estos no pueden obtenerse sin “un trabajo de análisis de las condiciones de uso pertinentes o irrelevantes de una palabra o expresión” (De Libera 2000: 23), teniendo en cuenta también que, en dichas condiciones de uso, los factores lingüístico-literarios intervienen no solo en la presentación de los hechos, sino en su representación (Nussbaum 1990: 5). Al mismo tiempo, la categoría de concepto subraya el carácter histórico, pues “los conceptos solo alcanzan significado en la historia” (Koselleck 1993: 113; Burke 2012), por lo que la comprensión ha de estar ligada intrínsecamente al contexto de esos significados normativos transmitidos por las expresiones lingüísticas y literarias y por sus representaciones sociales.


Para aplicar tales teorías y metodologías a un caso concreto, se precisa la elaboración de un corpus representativo que permita analizar el objeto de estudio de la expresión de normatividad en la cronología y geografía seleccionada (Castilla, desde el siglo XIII hasta mediados del XVI). En mi caso, este corpus está formado por a) las traducciones castellanas de obras latinas y otras obras vernáculas (francés, italiano) realizadas durante los siglos XIII al XVI (Ética de Aristóteles, Libro del tesoro de Brunetto Latini, De los oficios de Cicerón, De clementia de Séneca…); b) géneros literarios de especial hincapié normativo: textos legislativos (Siete partidas); literatura sapiencial (Secreto de los secretos, Poridat de poridades, Libro de los doze sabios…); regimientos y espejos de príncipes (Castigos de Sancho IV, tratados escritos por Alfonso de Cartagena, Rodrigo Sánchez de Arévalo, Íñigo de Mendoza, Diego de Valera, Juan de Alarcón, Ramírez de Viellaescusa, Martín de Córdoba, Hernando de Talavera, Ortiz, Vives…); comentarios y glosas (a las Siete partidas por García de Montalvo o Gregorio López, al De regimine principum de Egidio Romano por García de Castrojeriz) y c) vocabularios, diccionarios y obras de carácter etimológico medieval, que sirven de testimonio del tipo de categorización, explicaciones, definiciones o traducciones que proponían los propios agentes medievales y renacentistas (Etimologias de Isidoro, Vocabularios de Nebrija, Alonso de Palencia, Fernando de Santaella…).

Nuño de Guzmán (c. 1410-c. 1463), Los diez libros de las éticas de Aristóteles. Bodleian Library, MS. Span. d. 1., f. 15r. © Bodleian Libraries, University of Oxford
Compendio de las éticas adaptado al castellano, a partir de la versión catalana de la Ethica que Guillem de Copons (1383-1418) y de la Summa Alexandrinorum. Supone una mezcla de filosofía aristotélica y neoplatónica, buscando una reinterpretación más propicia a la finalidad divulgativa entre la audiencia nobiliaria no letrada.

Para “ver” la realidad medieval como ellos la veían y evitar los anacronismos y los solipsismos subjetivos, la terminología funciona como punto de partida de análisis y los criterios de selección de los términos deben responder al objeto de estudio: qué conceptos morales y políticos son clave en esos períodos, por qué y cómo se expresan lingüísticamente. Uno de esos criterios es el del análisis de los términos que plantean discusiones entre los propios contemporáneos, pues el hecho de encontrar pasajes donde los autores discutan entre sí sobre la definición o interpretación de un término confirma que esta forma parte de un concepto clave (Rivière 2021) o que está entre los conceptos con mayor saturación histórica. Un ejemplo es el de la virtud de la clemencia y sus discutidas o discutibles combinaciones con la misericordia y la piedad. La clemencia es virtud clásica que se relaciona con la justicia (en cuanto que templa sus castigos), con el perdón (en cuanto es virtud que los otorga justa y virtuosamente) y aparece en textos bíblicos y de regimientos de príncipes combinada con las virtudes de la piedad y de la virtud cristiana de la misericordia. Sin embargo, a los autores de los regimientos de príncipes les interesa subrayar la clemencia como virtud especialmente política que se ejercita por un superior para con un inferior, frente al significado de la caridad como virtud teologal, no solo política y que apela a un tratamiento de carácter igualitario.

Alfonso de Cartagena, Traducción y glosa de De la clemencia de Séneca. BNE, MSS/5568, ff. 3v-4r. © Biblioteca Nacional de España.
Alfonso de Cartagena realizó esta traducción en 1430 y glosó algunos de los términos, entre los que se encuentran el de “clemencia”, “piedad” y “misericordia”. La clemencia es virtud clásica que se relaciona con la justicia (en cuanto que templa sus castigos), con el perdón (en cuanto es virtud que los otorga justa y virtuosamente). Esta virtud aparece en textos bíblicos y de regimientos de príncipes combinada con las virtudes de la “piedad” y de la virtud cristiana de la “misericordia”. La “piedad” clásica es la relación debida a los padres y superiores (relación desigual), mientras que la “misericordia” era un vicio pasional para los estoicos clásicos. Que Dios sea clemente y misericordioso, rico en piedad y misericordia tiene mucho que ver con la figura de un rey clemente, presentado -estratégicamente- como un padre para el pueblo. La clemencia es especialmente política, porque supone que un superior conceda el perdón a un inferior. Pero conceder el perdón no es exactamente un acto de caridad (virtud teologal y no exclusivamente política).

Un segundo criterio de selección terminológica está marcado cuando un término presenta distintas opciones de traducción. Un ejemplo es el de la virtud de la eutrapelia (εὐτραπελία), término medio en el comportamiento relativo a los juegos y bromas durante los espacios de descanso de las elites. Ha sido traducido como “gratiositas” (“graciosidad”), con la connotación que implica de don perteneciente a un grupo social superior, manifestado en saber reírse y provocar la risa adecuada y moderadamente; como “iocunditas” (“jocosidad”), lo que incide en la connotación de la hilaridad, pero también en la tradición lingüística y estilística ciceroniana; como “urbanitas” (“urbanidad”), marcando el significado cortesano y urbano de esta virtud, frente al rústico; o como “curialitas” (“cortesanía”), con el significado cultural que implican los comportamientos cortesanos para la configuración de un lenguaje y representación de pertenencia social. Un tercer criterio de selección es la de términos que conllevan distintas valoraciones morales por parte de autores contemporáneos. Un ejemplo es el de la definición del término y concepto de interés en las prácticas y moral mercantiles. En la Escuela de Salamanca se acentúa la discusión sobre la bondad o maldad de la práctica del interés en relación con nuevas circunstancias sociohistóricas y nuevos factores de valoración del mercado. Esto se observa en los tratados de teología moral y en los manuales de confesión de mercaderes, donde mientras se localiza cómo Domingo de Soto consideraba la palabra usura sinónimo de interés, reforzando la connotación negativa de su práctica (siguiendo una interpretación aristotélica sobre la no fecundidad del dinero) o Tomás de Mercado, Cristóbal de Villalón y fray Luis de Alcalá identifican interés, usura y mala ganancia, también en este mismo período encontramos a Martín de Azpilcueta en su Comentario resolutorio de usuras (1556) empleando el término interés como sinónimo de ganancia justa, asumiendo la semántica derivada de las nuevas circunstancias socioculturales que añaden nuevas perspectivas sobre el valor del trabajo y los costes de producción y, por tanto, revalorizan el significado positivo del cobro de intereses. Este tipo de análisis, por tanto, ofrece la trazabilidad histórica de los conceptos morales y políticos, a la vez que asegura una comprensión histórica y lingüística de sus términos en determinados contextos culturales, para así desentrañar qué de las prácticas y saberes normativos, y de qué formas, son expresados y representados por las lenguas.

Filología, Historia y Humanidades Digitales

Un tipo de investigación como la que aquí se propone precisa y exige una colaboración estrecha con las Humanidades Digitales, no solo como herramienta de análisis, sino como medio de planteamiento teórico y metodológico de la semántica de la normatividad. Además del tratamiento digital del corpus, que permita un trabajo de etiquetado semántico, se exige el diseño de una base de datos analítica y relacional que responda a las características histórico-semánticas del objeto de estudio: las relaciones entre conceptos y los términos asociados y los contextos en los que aparecen (autores, obras, años, lugares, contextos lingüísticos…), de tal manera que, tras un trabajo de etiquetado semántico de las ocurrencias de los términos y sus asociaciones con los conceptos, se pueda consultar y revisar el conjunto de las ocurrencias cuyos términos de estudio designan un mismo o varios conceptos. Igualmente, a partir de los resultados arrojados después de la recopilación cuantitativa y análisis cualitativo, se podrán detectar patrones comunes de uso en base a las combinaciones y colocaciones de los términos en los textos (de lo que también se podrá comprobar la existencia y grados de lexicalizaciones, estructuras fraseológicas y recursos metafóricos recurrentes). Asimismo, este tipo de análisis cuantitativo permite ofrecer visualizaciones gráficas que resuelvan o confirmen las evoluciones históricas de la expresión lingüística y literaria de los conceptos morales y políticos y el lugar que ocupan los factores sociopolíticos y literarios en esta configuración.

La relación entre la Filología, la Historia y las Humanidades Digitales no anula, sino que enriquece las particularidades, fortalezas y aportaciones de cada una de las disciplinas. Cada una, desde su posición y especialidad, está llamada a entablar un diálogo interdisciplinar que favorezca un planteamiento y un análisis adecuados a la pregunta de investigación, permitiendo así ofrecer perspectivas y resultados acordes con la complejidad de la realidad.

Bibliografía

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Cite as: Díez Yáñez, María: Hacia una historia y semántica de la normatividad, legalhistoryinsights.com, 31.07.2026, https://doi.org/10.17176/20260824-125447-0

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